PRIMERO: CONDENA WILMER JOSE AZUAJE SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.867.501, de 19 años de edad, natural de Sabaneta, fecha de nacimiento 30-05-1990, soltero, ocupación artesano, residenciado en Barrio La Manga, Calle brisas del río casa s/n, color azul, Veguitas, Estado Barinas , hijo de Rosa Soto y David Azuaje , a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley sobre el hurto y Robo de Vehiculo; se ordena como centro de Reclusión el INJUBA, hasta la fecha que el tribunal de Ejecución al cual le corresponda conocer determine según su computo. SEGUNDO: Se condena igualmente a los acusados: WILMER JOSE AZUAJE SOTO, plenamente identificada a las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano vigente. TERCERO: Se deja constancia que el texto integro de la presente sentencia será publicado al d.....