PRIMERO: Condena a la acusada Clementina Berrios, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.380.701, nacida en fecha 22-11-1961, en Boconó Estado Trujillo, ama de casa, hija de Adelina Berrios y de Pedro Antonio Angel, residenciada en la calle Bermúdez, casa Nro. 05, vía Cementerio de la población de Obispo, por el delito de Tráfico en la modalidad de Ocultamiento de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 segundo aparte en concordancia con el artículo 46 numeral 5to de la Ley orgánica contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas a cumplir la pena de ocho años de prisión más las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, la cual deberá cumplir en el Internado Judicial del Estado Barinas o en aquel donde el Tribunal de Ejecución así lo disponga, la cual fue privada de su libertad desde fecha 26 de Mayo del 2006, y ha de cumplir la pena aproximadamente en fecha veinti.....