ORDENA librar Orden de Aprehensión contra el ciudadano JOSE FRANCISCO ALFONSO RIVERO, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.882.091, nacido el 03/01/1986, en Barinas Estado Barinas, albañil, soltero, hijo de Amalia Rivero (V) y de Francisco Alfonso (V), residenciado en el Barrio Corocito, avenida 2 y 3, calle N° 14, casa N° 62.05, Barinas Estado Barinas, contra quien se encuentra pendiente la realización del Juicio Oral y Publico por Acusación formulada por el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el artículo 460 Código Penal y artículos 5 y 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores , y Ocultamiento de Arma de Fuego, tipificado en el articulo 278 del Código Penal, cumplidos como se encuentran los presupuestos contenidos en el art. 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda librar Orden de Aprehensión.