DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al Penado MARTIN COROMOTO SOTELO LÓPEZ, Venezolano, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.683.147, hijo de María del Carmen López y José Héctor Sotelo Hernández, residenciado en Tierra Blanca, vía Barinitas, frente al poste N° 19, a tres casas antes de llegar al Hotel el Diamante, Barinas Estado Barinas; EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en la Ley Adjetiva Penal indicada en el texto de esta Decisión. Se fija un plazo de régimen de prue.....