Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA: La forma de cumplimiento de pena consistente en el DESTACAMENTO DE TRABAJO a la Penada: MERCEDES DEL VALLE MÁRQUEZ, Venezolana, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.988.698, nacida en fecha: 24-09-1964, natural de Barinas, Estado Barinas, hija de Ponciano Cadenas (V) y de María Márquez (V) y residenciada en la Urbanización Coromoto, Callejón 09, Casa N° 1-36, al lado del antiguo Auto Lavado Trinidad, Barinas, Estado Barinas; recluida actualmente en el Internado Judicial del Estado Barinas; todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 500 y 507 del Código Orgánico Procesal Penal, Artículos 61 y 73 de la Ley de Régimen Penitenciario y Artículos 19, 21 Ordinales 1° y 2°, 26 y 272 de la Constitución