este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a decidir en los siguientes Términos: Primero: Se aclaró la situación del penado Juan Bernardo Albornoz, referida a la Orden de Aprehensión que recayó y se materializó en su contra, por cuanto ni el Fiscal del Ministerio Público, ni el Abogado defensor solicitaron en el lapso de treinta días, contados a partir de sus notificaciones, el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena al pena supra identificado. Segundo: Con respecto a la Solicitud del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, el penado de auto para la fecha de la realización de la Audiencia especial, no cumplió con los requisitos exigidos en el Art. 493 del COPP, lo que imposibilita a este Tribunal tomar la decisión que corresponda y una vez consten en autos, e.....