El Penado: ANDRÉS JOSÉ PAREDES CASTILLO, antes identificado, fue sentenciado por el Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha: 30 de Octubre de 2000, a cumplir la pena de: CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal. Y en fecha: 19-07-2004, el Juzgado de Juicio N° 02 de este mismo Circuito Judicial Penal, lo condenó a cumplir la pena de: VEINTICINCO (25) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Ordinal 1° del Artículo 408 del Código Penal. Posteriormente en fecha: 11-07-2005, se realizó la Acumulación de Penas, quedando la misma en: VEINTIOCHO (28) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRESIDIO y de acuerdo a los recaudos recibidos de la referida Junta de Rehabilitación, para el día de hoy: 15/02/2007, el penado en referencia ha cumplido la pe.....