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Decisiones del dia 22/05/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : EJ01-P-2002-36 N° Sentencia : Fecha: 22/05/2007
Procedimiento:
Cómputo De Pena
Partes:
JUEZ: CAROLINA PAREDES VILLAFAÑE; SECRETARIA: NERZA MOLINA; PENADO:YONATHANM RENÉ OLIVO
Resumen:
El penado YONATHAN RENÈ OLIVO, fue privado preventivamente en fecha 18-02-2002, por la Comisión del Delito de Asalto a Taxi, En fecha 14-06-2005 se le otorgó el beneficio de Destacamento de Trabajo. En fecha 20-07-2005, el Tribunal de Ejecución N° 01 de este Circuito Judicial Penal, le suspende el Beneficio de Destacamento de Trabajo hasta tanto consigne nueva oferta de trabajo. El 08-08-2005 se le concede nuevamente el Beneficio de Destacamento de trabajo; desde la fecha de su detención preventiva 18-02-2002 hasta el 21-01-2006, fecha en que el Internado Judicial del Estado Barinas notifica que desde la referida fecha el penado de autos incumplió con sus pernoctas, cumplió una pena de: Tres (03) Años, Once (11) Meses y Tres (03) Días de prisión bajo la modalidad de penado y Destacamentario. En fecha 04-07-2006 le es revocado el beneficio de Destacamento de Trabajo por el incumplimiento de las condiciones establecidas. Es aprehendido en fecha 15-04-2007 por ORDEN DE APREHENSIÓN, librad.....
Juez/Ponente:
Clelia Carolina Paredes
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : EJ01-P-2002-000036 N° Sentencia : Fecha: 22/05/2007
Procedimiento:
Cómputo De Pena
Partes:
PENADO: YONATHAN RENE OLIVO, FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: CARMEN CECILIA RIERA, DEFENSOR PRIVADO: MIGUEL GONZALEZ MORENO Y LUIS RODOLFO CAMPOS, VICTIMA: ALEXIS OSWALDO CASTRO MOLINA
Resumen:
PRIMERO: El penado YONATHAN RENÈ OLIVO, fue privado preventivamente en fecha 18-02-2002, por la Comisión del Delito de Asalto a Taxi, En fecha 14-06-2005 se le otorgó el beneficio de Destacamento de Trabajo. En fecha 20-07-2005, el Tribunal de Ejecución N° 01 de este Circuito Judicial Penal, le suspende el Beneficio de Destacamento de Trabajo hasta tanto consigne nueva oferta de trabajo. El 08-08-2005 se le concede nuevamente el Beneficio de Destacamento de trabajo; desde la fecha de su detención preventiva 18-02-2002 hasta el 21-01-2006, fecha en que el Internado Judicial del Estado Barinas notifica que desde la referida fecha el penado de autos incumplió con sus pernoctas, cumplió una pena de: Tres (03) Años, Once (11) Meses y Tres (03) Días de prisión bajo la modalidad de penado y Destacamentario. En fecha 04-07-2006 le es revocado el beneficio de Destacamento de Trabajo por el incumplimiento de las condiciones establecidas. Es aprehendido en fecha 15-04-2007 por ORDEN DE APREHENSIÓ.....
Juez/Ponente:
Clelia Carolina Paredes
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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