Firme como ha quedado la anterior sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal en fecha: 14/03/05, mediante la cual condenó al acusado: LUIS CARLOS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I.N° V-17.600.088., a cumplir la Pena de: TRES(03) MESES DE PRESIDIO, más las penas Accesorias Legales Contenida en el artículo 13 del Código Penal Vigente, por imputársele, la responsabilidad en la comisión del delito de: Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano: Edgar Gilberto Figueredo. EJECUTESE dicha sentencia. El penado: LUIS CARLOS CASTILLO, estuvo Privado de su Libertad desde el día: 29/11/04 hasta el día 01/12/04, permaneciendo detenido durante DOS (02) DÍAS, faltándole por cumplir la pena de: DOS (02) y VEINTIOCHO (28) DIAS DE LA PENA IMPUESTA, evidenciándose de las Actas que el mismo no se encuentra detenido, en consecuencia Not.....