El penado: ALFONSO MARIA RAMOS ARAQUE, fue privado preventivamente en fecha 11-02-1995, según acta policial cursante al folio cinco (05) de autos, por la Comisión del Delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD Y LESIONES INTENCIONALES SIMPLES, y decretada LA DETENCION por el (extinto) Juzgado del Municipio Dolores de la Circunscripción Judicial del Edo. Barinas en fecha: 24-02-1995, y en fecha 20-04-1995, le fue librada boleta de excarcelación en virtud de que el (extinto) Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal REVOCO el auto de detención decretado, permaneciendo detenido por el lapso de DOS (2) MESES Y NUEVE (9) DIAS. En fecha 18-05-1995 el (extinto) Juzgado Superior Primero en lo Penal de esta Circunscripción Judicial CONFIRMO la detención decretada por el (extinto) Juzgado del Municipio Dolores del Edo. Barinas, quedando REVOCADA la decisión dictada por el (extinto) Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Edo. Barinas. En fecha 26-05-1995 se eje.....