Aplicando el Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: "Se descontará de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso...", se obtuvo el siguiente resultado: el penado YASMANI RODRIGUEZ RODRIGUEZ, fue detenido preventivamente el día 14-11-2005, constatándose que hasta el día de hoy 19-03-2007 ha permanecido en prisión UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DÍAS de la pena impuesta, faltándole por cumplir: TRES (03) AÑOS, SIETE (07) MESES Y VENTICINCO (25) DÍAS, quedando la pena totalmente cumplida en fecha 14-11-2010.
El Penado podrá solicitar el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en el Artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal.