El penado: NELSON JOSE OJEDA RAMIREZ, estuvo Privado de Libertad desde el día: 06/05/03 hasta el día 17/06/03, permaneciendo detenido durante UN (01) MES Y ONCE (11) DÍAS, faltándole por cumplir la pena de: NUEVE (09) MESES Y NUEVE (09) DÍAS DE LA PENA IMPUESTA, evidenciándose de las Actas que el mismo no se encuentra detenido, en consecuencia se notifica a los Fiscales de Derechos Fundamentales y Ejecución de Sentencia, Adscritos a la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público de este Estado de la presente decisión, al penado y a su Defensor, para que en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación, solicite el Beneficio correspondiente por ante este Tribunal de Ejecución y en el caso de no hacerlo se ordenará la captura de los mencionados penados y reclusión en el Internado Judicial de Barinas.