Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA: La forma de cumplimiento de pena consistente en el DESTACAMENTO DE TRABAJO al Penado: LUIS ALBERTO PEREZ MOLINA, venezolano, de 22 años de edad, portador de la cédula de identidad Nº 16.371.960, de profesión mecánico, natural de Barinas, nacido el día 30/07/1982 y residenciado en el Barrio Coromoto, Calle 3, casa N° 123 de la ciudad de Barinas Estado Barinas; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, Artículos 61 y 73 de la Ley de Régimen Penitenciario y Artículos 19, 21 Ordinales 1° y 2°, 26 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.