El penado JOSÉ GERÓNIMO PÉREZ PEÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº. 9.596.398, fue detenido preventivamente en fecha 18/05/1993; en fecha 05/01/2001 se le otorgó el beneficio de Destacamento de Trabajo; en fecha 15/03/2001 se le otorgó el beneficio de Régimen Abierto; hasta el día de hoy 28/02/2007, ha permanecido detenido por el lapso de TRECE (13) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, aunado a la redención practicada en esta fecha da un total de DIECISÉIS (16) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS de la pena impuesta, faltándole por cumplir DIEZ (10) AÑOS, UN (01) MES Y SEIS (06) DÍAS DE PRESIDIO; quedando la pena totalmente cumplida en fecha 04/04/2017.
El penado quien ya cumplió con la mitad de la pena, podrá solicitar la Libertad Condicional (2/3 partes de la pena) en fecha 08/12/2010 y el Confinamiento (3/4 partes de la pena) en fecha 18/02/2013..