El Penado ALBERTO MARIO LÓPEZ GÓMEZ, fue condenado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 14/06/2005, donde le impone la pena de DOCE (12) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y OCHO (08) DÍAS DE PRESIDIO, mas las accesorias contempladas en el Artículo 13 del Código Penal Vigente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES SIMPLES, previstos y sancionados en los Artículos 460 y 415 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos Wilmer Manuel Soto García, José Manuel Becerra, Gladis Marina García Soto y Magreet del Socorro Sánchez Farías. Fue privado de su libertad en fecha: 23/03/2004 y de acuerdo a los recaudos recibidos de la referida Junta de Rehabilitación, para el día de hoy: 30/07/2007, el penado en referencia ha cumplido la pena de TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y SEIS (06) DÍAS (tiempo real cumplido), a esto se le debe sumar el tiempo de la pena r.....