Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO solicitada por los ciudadanos DANIEL ALBERTO GARCIA DELGADO y NEIDY NOHEMI LOPEZ GALVAN, titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.675.717; V-14.867.682, QUEDANDO DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía desde la fecha 11/06/1999, según Acta Nº 65, contraído por ante la Primera Autoridad del Municipio Independencia del Estado Yaracuy.
conforme el artículo 375 LOPNA HOMOLOGA, los términos de arreglo en cuanto al cumplimiento del deber alimentario, de guarda y visitas de la hija habida en matrimonio dejando por sentado que las cantidades acordadas estarán sujetas a aumentos automáticos consecutivos que se verificarán en la misma oportunidad e índice en que se aumenten los salarios mínimos decretados por el Ejecutivo Nacional, Regional y/o Municipal según sea el caso, que las mismas se deberán cancelar por adelantado según pre.....