en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO solicitada por los ciudadanos SEMER FELIX RADOIN RADWAN y MARIA ANDREINA QUIÑONEZ GODOY, QUEDANDO DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los unía desde la fecha 25/04/2002, según Acta Nº 46, contraído por ante la Prefectura del Municipio Barinas, del Estado Barinas.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 30, 365, 369 y 375 LOPNA, SE REAJUSTA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA MENSUAL, en la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00) mensuales y se fijan los adicionales en los meses de Septiembre y Diciembre por la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000,00), tomando en cuenta el alto costo de la vida, su desarrollo progresivo y el proceso inflacionario vivido desde la fecha de presentación de la presente solicitud 26/09/2006, dejando por sentado que las cantidades acordadas estarán sujetas a aumentos automáticos consecutivos que s.....