De Conformidad con el articulo 521 LOPNA Ofíciese al propietario del volteo que conduce el ciudadano DANIEL ALBERTO RIVAS RAMIREZ, C.I Nº V-17.766.829, en la Asociación Civil las Palmeras del Estado Barinas, para los descuentos respectivos y entrega directa a la madre ciudadana YOMAIRA DEL VALLE CONTRERAS, C.I Nº V-17.987.604. LA OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA MENSUAL POR LA CANTIDAD DE CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,00), Y ADICIONALES POR LA CANTIDAD DE DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000,00), CONFERIDA Y HOMOLOGADA JUDICIALMENTE POR ESTE TRIBUNAL. Cítese al ciudadano DANIEL ALBERTO RIVAS RAMIREZ, C.I Nº V-17.766.829. Practíquense el informe técnico Social en las residencias separadas de los ciudadanos YOMAIRA DEL VALLE CONTRERAS, C.I Nº V-17.987.604 y DANIEL ALBERTO RIVAS RAMIREZ, C.I Nº V-17.766.829. Notifíquese al representante del Ministerio público. Líbrese las boletas correspondientes. De conformidad con lo previsto en el artículo 516 de la LOPNA, y articulo 14 de la resolu.....