en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION SOLICITADA ordenándose en consecuencia tener por correcto en la Partida de Nacimiento de la adolescente en cuestión, a la madre como ZORAIDA DEL VALLE SULBARAN RIVAS Una vez quede ejecutoriada la presente sentencia expídanse las copias certificadas de Ley, notifíquese mediante oficio al Registrador Principal del Estado Barinas y a la Prefectura de la Municipio Pedraza de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Barinas del Estado Barinas, a los fines previstos en el artículo 502 del Código Civil