En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges YASBEL NACARY CAMACHO CAMACHO y ALEJANDRO ADONAY BUSTAMANTE CRESPO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 19.350.213 y V- 16.497.795 en su orden, ambos de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 en su primer aparte, del Código Civil Venezolano.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, por ellos contraído por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Bolívar del Estado Barinas (hoy día Oficina de Registro Civil, del Municipio Bolívar del estado Barinas), en fecha 28 de septiembre de .....