En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR y en consecuencia se Aumenta la obligación alimentaria en la cantidad de: DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs 250.000,00), equivalente al CUARENTA Y OCHO PUNTO OCHO POR CIENTO (48,8 %) del salario mínimo actual decretado por el Ejecutivo Nacional, que deberá suministrar el Ciudadano: José Gregorio Orellano Arellano, a partir del presente mes y año. Así se decide.
Igualmente el demandado alimentario deberá suministrar en los meses de agosto y diciembre de cada año, el doble de la cantidad acordada por concepto de aumento de obligación alimentaria, es decir, la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo), en beneficio de sus hijos: Yorman Esleider, Yenifer Yalexi y Yohan José Orellano Moreno, por concepto de bonif.....