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Decisiones del dia 12/03/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Pedraza
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1576 N° Sentencia : 49-2014 Fecha: 12/03/2014
Procedimiento:
Fijación De Obligación De Manutención Y Bonos
Partes:
ARINA DEL CARMEN LOBO PALOMINO Y JAIRO MORA RODRÍGUEZ.
Resumen:
En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud de fijación de obligación de manutención y en consecuencia el ciudadano: JAIRO MORA RODRÍGUEZ, ya identificado, deberá cancelar a partir del presente mes y año, en beneficio de los niños, cuyos nombres se omiten por razones de ley, las siguientes cantidades: PRIMERO: MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,oo) mensuales, equivalente al TREINTA Y SEIS PUNTO SETENTA POR CIENTO (36,70 %) del salario mínimo nacional. Así se decide. SEGUNDO: igualmente el obligado alimentario deberá suministrar adicionalmente a la obligación de manutención mensual, en el mes de agosto de cada año, la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 2.500, oo) por concepto de bonificación especial por inicio de año escolar, equivalente al setenta y.....
Juez/Ponente:
Jorge Luis Peña
Organo:
Juzgado del Municipio Pedraza
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N° Expediente : 512 N° Sentencia : 48-2014 Fecha: 12/03/2014
Procedimiento:
Reconocimiento De Documento Privado
Partes:
GILSA ZULAY MESA AJEN Y IRIS JACKELINE ZAMBRANO REYES.
Resumen:
En consecuencia, de conformidad con el Artículo 267 en su encabezamiento, en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, debido a la total ausencia de actividad desplegada por la parte solicitante, que conlleven a lograr la realización de lo peticionado. No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la decisión, a tenor de lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Notifíquese a la parte demandante de la presente sentencia, de conformidad con el artículo 233 ejusdem.
Juez/Ponente:
Jorge Luis Peña
Organo:
Juzgado del Municipio Pedraza
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