En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte su HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: EDGAR NEREO ALARCON, ya identificado, se comprometió a depositar a partir del 30-10-2004, la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,oo) mensuales como OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, y una cantidad igual adicional en los meses de AGOSTO y DICIEMBRE para gastos escolares y como Bonificación de fin de año, para su hijo: EDGAR ALEXANDER ALARCÓN SANCHEZ, también identificado, en una cuenta de ahorros que se ordenó aperturar mediante auto de fecha 22-10-2004, en el Banco de Fomento Regional Los Andes, Agencia Santa Bárbara de Barinas; y en cuanto a los gastos médicos, medicinas y vestido req.....