En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: EVER ALONSO LIZCANO VALERO, ya identificado, convino en fijar como OBLIGACION ALIMENTARIA, en beneficio de sus hijos: EVER JOSE y HECTOR ALONSO LIZCANO CARDENAS, la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,oo) mensuales, a partir del presente mes, más una cantidad igual adicional en los meses de AGOSTO y DICIEMBRE, para gastos escolares y como Bonificación de fin de año; así como, a cancelar el 50% de los gastos médicos, medicinas y vestido cuando los adolescentes lo requieran; y que dichas cantidades de dinero las depositará en una cuenta de ahorros, que a solicitud del obligado.....