En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; en el cual el obligado ciudadano: JOLVAN PELAEZ GRANADOS, anteriormente identificado, ofreció en fijar la suma de NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs.90.000,oo) mensuales, como OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en beneficio de su hijo, a partir del 30-05-2007, así como una cantidad igual Adicional en el mes de DICIEMBRE como bonificación de fin de año; igualmente, se compromete a cubrir el 50% de gastos médicos, medicinas, recreación, educación y vestuario cuando el mismo así lo requiera; y que dichas cantidades de dinero las depositará en una cuenta de ahorros que solicitó sea aperturada en la entidad bancaria Banfoandes de esta .....