En consecuencia, por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente explanadas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente y en uso de sus amplias facultades que le confiere los Artículos 520 y 677 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCION que formulara la ciudadana: ANDREINA PATIÑO MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.191.251, de esta población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas; en contra del ciudadano: LEANDRO GABRIEL HIDALGO VEGARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.373.859, domiciliado en Barinas, Estado Barinas; en beneficio de sus .....