En mérito de las consideraciones antes explanadas, este Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: MARIA HONORIA SANCHEZ DE ROA y TEOPISTA ROA RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.584.827 y V-3.450.536, respectivamente, domiciliados en la población de Capitanejo, Parroquia Pedro Briceño Méndez, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas; debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio: CAROLINA VILLAMIZAR RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 110.212, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL por ellos contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamor.....