Es por todos los razonamientos tanto de hechos como de derecho ya esgrimidos, que este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley DECLARA SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES POR PRESTACIONES SOCIALES, incoara el ciudadano: JOSE CLODOMIRO JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.120.783, domiciliado en la población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio ELBANO REVEROL BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.147.123, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.121 y del mismo domicilio, en contra de LA Sociedad Mercantil Hotel, Restaurante, Tasca La Nuevas Casona, antes identificada, representada por el ciudadano: EVARISTO ROSALES MONTILVA, venezolano, mayor de edad, .....