En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte su HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: WILLIAN FERNANDO DELGADO MARQUEZ, ya identificado, se comprometió a Aumentar la Obligación Alimentaria para su hija, a la suma de CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.130.000,oo) mensuales, a partir del 30-11-2004 hasta el mes de Diciembre del presente año, y a partir del mes de Enero de 2005, a la suma de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 140.000,oo), mensuales; más la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 140.000,oo) Adicionales en los meses de AGOSTO y DICIEMBRE para gastos escolares y como Bonificación de fin de año; y en cuanto a los .....