En consecuencia de los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados, este Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: HONORIO ANTONIO NAVAS y MARILIN MARIA MENDEZ MEZA, Venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.442.326 y V- 12.201.116, respectivamente, domiciliados en Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas; con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, y a tal sentido, DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Barinas del estado Barinas, en fecha Tres (03) de Agosto de 1990, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio N° 100; Y ASI.....