DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos tanto de hecho como de derecho ya expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA:
PRIMERO: FIRME como ha quedado el DECRETO DE INTIMACION de fecha 26-01-2005, y se ordena proceder como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, en este proceso, conforme a lo previsto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil vigente.
SEGUNDO: Por cuanto la presente decisión fue dictada dentro del lapso de ley correspondiente, se obvia la Notificación de las partes.
Publíquese, regístrese, diarícese y expídanse las Copias de Ley.