En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: LEONCIO ANTONIO PAREDES FERNANDEZ, ya identificado, Convino en fijar la suma de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs.60.000,oo) mensuales como OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, los cuales consignará a partir del mes de Febrero, hasta el mes de Julio del presente año, en una cuenta de ahorros que a solicitud del mismo, se ordena en esta misma fecha aperturar en la agencia bancaria Banfoandes de esta localidad, a nombre de la niña beneficiaria, debidamente representada por su legítima madre, ciudadana: Armelinda Salas Marquina ya identificada; esto en base a la aplicación integral del Interés Superior del.....