D E C I S I O N:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos BENJAMIN JOSE GARCIA y NERVIS ARACELIS LANDAETA RODRIGUEZ, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el 14 de Abril de 1.989, por ante la Primera Autoridad del Municipio Sosa del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 15, que cursa al folio 03, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Ciudad de Nutrias, al Primer (01) día del mes de Julio del año Dos Mil Trec.....