Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos YTALO JOSE BELMONTE MARTÍNEZ Y MARIA DE JESÚS GONZÁLEZ BRICEÑO, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el 28 de Marzo de 1.987, por ante la Prefectura Catedral del Municipio Barinas Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 67, que cursa al folio 03, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Ciudad de Nutrias, a los Seis (06) días del mes de Junio del año Dos Mil Trece (2.013).
E.....