DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos antes descritos, este Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud de Inserción de Acta de Matrimonio, por cuanto han transcurrido mas de un (01) año y siete (7) meses sin que la parte interesada haya ejecutado acto procedimental alguno.
SEGUNDO: Declara Extinguida la instancia en el presente juicio.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión de conformidad con el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en .....