este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ejecutivamente embargado el bien inmueble anteriormente señalado por el representante de la parte actora, conformado por tres (03) locales comerciales, ubicados en la calle 10, cruce con calle 3, sector la Laguna de la Urbanización Cuatricentenaria, antiguamente denominada Barrio El Cambio, casa sin número visible, de esta ciudad de Barinas, Municipio Barinas, del Estado Barinas, cuyos linderos y área fueron señalados por el práctico designado, y valorados por el perito avaluador designado, dichos locales forman parte integrante de otras bienhechurías. En consecuencia, se declara consumada la desposesión jurídica de la demandada de autos ciudadana MILEDYS GOMEZ DE MORENO, antes identificada, sobre los referidos locales comerciales...
Com. N° 2650-13.