..Desocupado como ha sido el bien inmueble objeto de la presente medida de secuestro, de bienes muebles y personas, es por lo que procede este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, actuando por Comisión, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a declarar preventivamente secuestrado el bien inmueble, consistente en un local comercial distinguido con el Nº 02, ubicado en el Edificio Don Raúl, en la Avenida Libertad esquina con Calle Plaza, de esta ciudad de Barinas, Municipio Barinas, estado Barinas. En consecuencia dando estricto cumplimiento a lo comisionado, y de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, hace entrega del bien inmueble anteriormente secuestrado, a la ciudadana Adriana Dreyer Ramos, antes identificada, quien fue designada depositaria del referido bien inmueble, por el Juzgado Comitente..
Com. N° 2252-10