Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara competente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha cuatro de diciembre de dos mil dieciocho (04/12/2018), por el abogado Martín Coromoto Sotelo López, quien señala en su escrito ser el defensor de confianza del ciudadano Orlando Antonio Terrero Duque, titular de la cédula de identidad Nº V-18.117.002, por la presunta violación de Derechos Constitucionales previstos en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al presuntamente estar privado ilegítimamente de libertad el ciudadano Orlando Antonio Terrero Duque.
SEGUNDO: Se declara inadmisible la acción de amparo cons.....