DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por las Abogadas Carmen Cecilia Riera Cristancho y Oneimar Del Valle Rojas Capella, en su condición de Fiscal Duodécima del Ministerio Público, principal y auxiliar respectivamente, contra la sentencia publicada en fecha 23.01.08, por el Tribunal 3° de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, fueron absueltos los acusados Manuel Orlando Álvarez y José Gregorio Flores, por la comisión del delito de Privación Ilegitima de Libertad, previsto y sancionado en el artículo 117 primer aparte del Código Penal. SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada.
Regístrese, diarícese, remítase las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Sala .....