SE DECLARO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los recurrentes: Abogada Carmen Cecilia Riera Cristancho y Abogado Nagil Segundo Cordero, procediendo en sus caracteres de Fiscal Principal y Fiscal Auxiliar Duodécimos del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, contra el auto de fecha 27 de mayo de 2009, dictado por el Tribunal Primero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual OTORGÓ la fórmula alternativa de cumplimiento de pena denominada DESTACAMENTO DE TRABAJO, a favor de la penada OMAIRA MENDOZA MANZANEDA. En consecuencia, queda CONFIRMADA la referida decisión, todo ello, con fundamento a lo previsto en los artículos 450 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal.