Se Declaro: Primero: Con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados Jesús Alberto Boscan Pérez y Carlos Humberto Ovalles Caicedo, en su carácter de defensores privados del ciudadano Juan Gerardo Ovalles Caicedo, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de junio de 2.014, por el Tribunal Sexto Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Se anula la decisión dictada en fecha 13 de junio de 2.014, por el Tribunal Sexto Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y por la cual se ejerció el recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en los artículos 175 y 179 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero. Se retrotrae la presente causa al estado de que otro Juez o Jueza, realice nuevamente la audiencia especial de oír imputados, con prescindencia de los vicios que dieron origen a la presente nulidad. Cuarto: Se mantiene la medida privativa, hasta tanto se dicte nueva decisión.