DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Mireya Mora Molina en su condición de Defensora Pública de los imputados José Luis Montilla Peña, Luis Paredes Rubio Y Michael Estivez Zapata López. SEGUNDO: Se ANULA la decisión dictada en fecha 24 de Octubre de 2015, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decreto la Medida Privativa de libertad de conformidad con lo establecido en el Art 236 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos José Luis Montilla Peña, Luis Paredes Rubio Y Michael Estivez Zapata López, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal; así como todos los acto.....