SE DECLARA: Primero: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Omalvis Novoa, en su condición de Defensora Pública Penal del acusado Ludwing Ernesto Prada Porras. Segundo: Se confirma la sentencia dictada en fecha 06 de Diciembre de 2010 y publicada en fecha 12 de Diciembre de 2011, por el Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la cual condenó al ciudadano Ludwing Ernesto Prada Porras, colombiano, titular de la Cédula de Identidad número E- 81.823.694, mayor de edad, a cumplir la pena de VEINTIUN (21) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO A NIÑA previsto y sancionado en el artículo 259, en su primer y segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente en perjuicio MTPM (nombre se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 parágrafo 1ero y 2do de la LOPNNA).