DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el Abogado Arlo Arturo Urquiola, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, contra la sentencia publicada en fecha 03/06/2009, por el Tribunal 2° de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual absolvió al acusado Eymar Manuel Pretil Callejas, por la comisión de los delitos de Violación en Grado de Tentativa y Lesiones Tipo Básico; y de conformidad con el primer aparte del artículo 455 procesal, se fija la décima audiencia siguiente a las 10:30 a.m., para que tenga lugar el acto de la Audiencia Oral y Pública, en una de las Salas de Audiencias de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes.