SE DECLARO: Sin lugar el recurso de Apelación interpuesto por el abogado Carlos David Contreras, en su condición de Defensor Privado del Imputado de Autos, contra la decisión dictada en fecha 26.01.2012 y publicada en fecha 23 de abril de 2012, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01, de este Circuito Judicial Penal, que ha ocupado a esta Alzada, en consecuencia se confirma la referida decisión, todo ello atendiendo a las previsiones contenidas en el artículo 450 del Código orgánico Procesal Penal.