D I S P O S I T I VA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto, por las Abogadas María Carolina Merchán Franco, y Obdulia Celenia Díaz Pérez, Fiscal Tercero y Auxiliar respectivamente del Ministerio Público, contra la decisión publicada en fecha 23. 07. 2008, por el Tribunal 4° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decreta medida cautelar menos gravosa, a favor del imputado: Delgado Marcial Luis Ernesto. Todo ello con base a lo dispuesto en los artículos 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 191, 374 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, remítanse las actuaciones al Tribunal de Control N° 4, de este Circuito Judicial Penal.-
Es justicia en Ba.....