Seguidamente solicita el derecho de palabra el Apoderado Judicial y representante de la Ciudadana Sara Eugenia Rojas Arenas y de la menor Sara Gabriela Castro Rojas, según Poder Especial otorgado por la ciudadana Sara Eugenia Rojas Arenas, por ante la Notaria Pública Primera del Estado Barinas, el cual se encuentra inserto bajo el N° 02, del Tomo 298, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria de fecha 12 se septiembre del 2009 y asistiendo al ciudadano Mateo Castro Rojas y concedido como fue por este el tribunal expone: Procedo a consignar copia simple del Contrato de Arrendamiento N° 72, entre la alcaldía del Municipio Pedraza representada en su oportunidad por el síndico procurador municipal, abogado Ernesto Rafael Díaz Silva y el ciudadano quien en vida se llamara Henry Álvaro Castro Ríos, causante en el presente inventario, el cual se encuentra debidamente registrado por ante el Registro Público de este Municipio bajo el número 50, del Protocolo Primero, Tomo 01.....