Seguidamente: Éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, actuando por comisión, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a DECLARAR, formal y legalmente Inventariados el 50% de los bienes que a continuación se especifican los cuales pertenecían al De-cujus ciudadano: ALEXANDER COROMOTO JIMÉNEZ FADUL, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.915.933, fallecido ab-instestato en la ciudad de Barinas, Estado Barinas en fecha 04-05-2007. Seguido: Se acuerda en éste acto realizar las respectivas anotaciones en letras y cifras en números en tres (3) columnas, en la cual se anotará la descripción del Bien, el Activo y el Pasivo del Acervo Hereditario objeto del presente Inventario Judicial, dándose cumplimiento a lo antes ordenado