En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se Declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana DORIS ESTEHELLA SARMIENTO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.838.479, domiciliada en el Barrio la Flores, calle 5 con carrera 2 y 3 de la población de Socopó Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas; en su carácter de madre del adolescente: CHARLY EULOGIO GUTIERREZ SARMIENTO, en contra del ciudadano FERNANDO GUTIERREZ MAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.883.343, en consecuencia se fija la cantidad CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00) mensuales, a partir del mes.....