D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara Parcialmente con lugar la demanda de Aumento de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana DIOMAIRA RAMIREZ CHACON, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio costurera, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.372.420, domiciliada en el Barrio Pueblo Nuevo, carrera 9, calle 5 y 6, casa Nº 5-60 de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano JAIRO PERNIA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.971.509, de profesión u oficio comerciante, domiciliado en el Barrio Las Flores, calle 2, entre carreras 6 y 7, de la población de Socopó Munici.....